Formulario de solicitud de derecho a la portabilidad
*Base legal:
LOPDP Art. 17.- Derecho a la portabilidad. - El titular tiene el derecho a recibir del responsable del tratamiento, sus datos personales en un formato compatible, actualizado, estructurado, común, interoperable y de lectura mecánica, preservando sus características; o a transmitirlos a otros responsables. La Autoridad de Protección de Datos Personales deberá dictar la normativa para el ejercicio del derecho a la portabilidad.
El titular podrá solicitar que el responsable del tratamiento realice la transferencia o comunicación de sus datos personales a otro responsable del tratamiento en cuanto fuera técnicamente posible y sin que el responsable pueda aducir impedimento de cualquier orden con el fin de ralentizar el acceso, la transmisión o reutilización de datos por parte del titular o de otro responsable del tratamiento. Luego de completada la transferencia de datos, el responsable que lo haga procederá a su eliminación, salvo que el titular disponga su conservación. El responsable que ha recibido la información asumirá las responsabilidades contempladas en esta Ley.
Para que proceda el derecho a la portabilidad de datos es necesario que se produzca al menos una de las siguientes condiciones:
- Que el titular haya otorgado su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos.
La transferencia o comunicación se hará entre responsables del tratamiento de datos personales cuando la operación sea técnicamente
posible; en caso contrario los datos deberán ser transmitidos directamente al titular. - Que el tratamiento se efectúe por medios automatizados;
- Que se trate de un volumen relevante de datos personales, según los parámetros definidos en el reglamento de la presente ley; o,
- Que el tratamiento sea necesario para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos del responsable o encargado del
tratamiento de datos personales, o del titular en el ámbito del derecho laboral y seguridad social
Esta transferencia o comunicación debe ser económica y financieramente eficiente, expedita y sin trabas. No procederá este derecho cuando se trate de información inferida, derivada, creada, generada u obtenida a partir del análisis o tratamiento efectuado por el responsable del tratamiento de datos personales con base en los datos personales proporcionados por el titular, como es el caso de los datos personales que hubieren sido sometidos a un proceso de personalización, recomendación, categorización o creación de perfiles.
Reglamento LOPDP Art. 13.- Contenido de la solicitud. - En la solicitud para el ejercicio de los derechos consagrados en la Ley, se hará constar:
- Los nombres y apellidos completos del titular, número de cédula de identidad o pasaporte y dirección domiciliaria o electrónica para Cuando se actúa en la calidad de representante legal, se hará constar también los datos de la o del representado;
- De ser posible, la descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los que se busca ejercer alguno de los derechos antes mencionados y cualquier otro elemento o documento que facilite la localización de los datos personales;
- Relación de lo que solicita expuesto de manera clara y precisa;
- Derecho o derechos que desea ejercer; y,
- A la solicitud se acompañará los documentos que acrediten la identidad o, en su caso, la representación legal o convencional del titular.
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